viernes, 3 de enero de 2014

Si tienes una tienda online, atento a la nueva Ley de Consumidores

Montar una tienda online es de lo más sencillo, además de barato. Con una inversión mínima, crear un comercio virtual en internet es un negocio por el que muchos han apostado en estos tiempos de crisis. Sin embargo, todo aquel que desee vender productos a través de la red debe tener en cuenta varias normas de obligado cumplimiento, como la Ley de Protección de Datos (LOPD), la Ley Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) y la Ley de Ordenación de Comercio Minorista (LOCM). 



A todas ellas se suma la Ley de Consumidores, cuyo proyecto de ley con las pertinentes modificaciones para adaptarse a la regulación europea sobre la materia, fue presentado por el Gobierno el pasado mes de octubre. Unos cambios que llegan con el propósito de defender alconsumidor ante el auge del comercio electrónico, según indicó la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato.


Entre las principales modificaciones, destacan tres ejes. En primer lugar, se amplía la información precontractual que, por Ley, habrá que facilitar a los consumidores y usuarios, en general y, en particular, cuando formalicen contratos a distancia. La información tendrá que ser clara y comprensible desde el inicio de la compra y se deberá especificar las modalidades de pago que se aceptan y si hay alguna restricción.

Asimismo, se trata de evitar las cargas encubiertas. El precio final del producto o servicio contratado deberá ser mostrado de forma clara e inequívoca antes de que se concluya la transacción. Si el empresario no obtiene el consentimiento expreso del consumidor para un pago adicional al acordado, el usuario tendrá derecho al reembolso del pago.

En cuanto a los cargos adicionales que pueden derivarse de los contratos formalizados a distancia, el Proyecto establece nuevas reglas. Por ejemplo, en el caso de que el empresario decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes en relación al contrato, el uso de esta línea no podrá suponer un coste superior al de la tarifa básica. Además, los empresarios no podrán facturar al consumidor cargos por el uso de determinados medios de pago que superen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos.

En segundo término, se introducen nuevas garantías en cuanto a la posibilidad de renunciar o desistir del contrato. Asimismo, se amplía el plazo en el que se puede ejercer: de los siete días hábiles actuales a catorce días naturales. En el caso de que no se hubiera informado al consumidor de que puede ejercer este derecho, el plazo queda automáticamente ampliado a doce meses.

La nueva norma, además, incorporará un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato. En tercer y último lugar, el Proyecto dota a los consumidores de nuevos derechos, referidos a la forma y los plazos de entrega y el riesgo de pérdida o deterioro del bien adquirido, entre otros.

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